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PROGRAMA ELECTORAL

CONSORCIO HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE VALENCIA

 

Martes, 17 de diciembre de 2002.

7:15-23:00 horas

 

 Sección sindical del CHGUV

INTRODUCCION:

 

            Los miembros del SIMAP-CV creemos en un Sistema Sanitario Público y de calidad, que considere y respete a los profesionales que lo integran. En la actualidad vivimos una Sanidad Pública que basa su supuesta eficacia en la escasa remuneración de sus facultativos y en sus jornadas abusivas. Así, el gasto sanitario público se desvía, cada vez más, a un consumo farmacéutico desenfrenado (el mayor de la OCDE), a un exceso de exploraciones complementarias, y a una concertación progresiva de los servicios con empresas privadas.

 

            Los médicos y demás facultativos, mal remunerados, nos vemos atrapados a realizar jornadas abusivas en forma de guardias, o a mantener un pluriempleo agotador (planes de choque, compañías de seguros...), simplemente para mantener un nivel de vida digno.

 

 

            El SIMAP-CV ha conseguido en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que todos a los médicos de Europa se nos reconozca que el tiempo de guardia es tiempo de trabajo, y que tenemos derecho a una jornada limitada y a unos descansos razonables. Sorprende e indigna que la Administración Pública española y el resto de Sindicatos sigan negándonos los derechos más elementales.

 

 

            El Hospital General Universitario de Valencia debería haber sido integrado dentro de la red asistencial de la Comunidad Valenciana hace muchos años, según los preceptos de la Ley General de Sanidad. En la actualidad, se ha producido una seudo-integración bajo la fórmula de Consorcio, supuestamente autónomo en su gestión, pero con una estructura funcional que ha trasladado la toma de decisiones a la Consellería de Sanidad.

 

            Pese al carácter laboral de los facultativos del HGUV (laborales), siempre se nos han negado los derechos que el Estatuto de los Trabajadores nos reconoce y se nos han aplicado todos los conceptos que restringen los derechos laborales de los facultativos acogidos al Estatuto Marco del Personal Sanitario al Servicio de las Administraciones (estatutarios), sin los beneficios reservados a los estatutarios y contando, para ello, con el apoyo de los sindicatos que supuestamente nos han representado hasta ahora en el Comité de Empresa.

 

            La Sección Sindical del CHGUV del SIMAP-CV goza de completa autonomía para gestionar las cuestiones que nos afectan, lo cual es necesario dada nuestra específica y peculiar situación dentro del Sistema Sanitario de la CV; al tiempo que esta integrada dentro de una estructura sindical con más de una década de experiencia y que ha demostrado ser capaz de defender nuestros intereses, obteniendo logros que parecían impensables hasta hace muy poco tiempo. Por ello, consideramos que en las próximas Elecciones Sindicales somos la mejor opción para representar y defender los intereses de todos los facultativos del CHGUV. 

 

Hay muchas cuestiones en juego para los próximos años, la carrera profesional, las retribuciones y las modificaciones del tiempo de trabajo que, gracias a nuestras actuaciones, son en estos momentos nuestro derecho. Es necesario que podamos participar en este proceso con toda la fuerza de nuestra estructura sindical, respaldada por vuestro voto el 17 de diciembre. No es momento para improvisaciones inciertas que mantendrían a los médicos del CHGUV en el aislamiento y la indefensión. 

 

 

NUESTRO COMPROMISO ES REIVINDICAR LOS SIGUIENTES PUNTOS:

 

La Sección sindical del SIMAP-CV en el CHGUV comparte con el resto del SIMAP los planteamientos generales del sindicato y sus reivindicaciones, siendo necesario un tratamiento específico de algunos puntos, como queda reflejado a continuación.

 

 

I-        Defensa de la gestión pública del Sistema Sanitario.

 

Consideramos que la gestión pública de la Sanidad no sólo es más justa, sino que además es más eficaz, pues evita que las empresas o los particulares se beneficien del derecho a la salud de todos los ciudadanos. 

 

En el CHGUV se ha producido la privatización progresiva de distintas áreas de suministros y servicios generales y, como todos sabéis, ya se ha realizado un intento de “privatización” del laboratorio que probablemente se repetirá y extenderá a otros Servicios en el futuro.

 

Desde el Comité de Empresa el SIMAP luchará:

 

1.      Contra todos los intentos de privatización de Servicios Asistenciales; al igual que en toda la Comunidad Valenciana luchará contra la implantación de “nuevos modelos de gestión” que, tras la propaganda de supuestas mejoras en la calidad asistencial, tan sólo ocultan intención de beneficiar económicamente a unos pocos con lo que es de todos.

2.      Por la separación de las facetas gestoras y asistenciales.

3.      Por un mayor respeto a los profesionales que constituyen la columna vertebral del sistema.

4.     Por una mayor implicación de los trabajadores en el buen funcionamiento del sistema.

 

 

II-     Defensa de la profesión médica.

 

Los facultativos necesitamos una formación inicial que dura entre nueve y once años y aprobar como mínimo dos oposiciones para llegar a acceder a un puesto de trabajo, lo que no es obstáculo para que debamos seguir estudiando durante toda nuestra vida profesional. Todo ello para asumir una elevadísima responsabilidad y vivir una situación de gran presión. Actualmente esto se ve recompensado con nulas posibilidades de mejora, sueldos inadecuados y continuos ataques a la consideración social de nuestro trabajo.

 

 

III- Adecuación de las retribuciones.

 

Las retribuciones actuales de los facultativos del CHGUV son similares a las de facultativos con complemento C de la Consellería a nivel de Médico Adjunto, aunque se irán distanciando en los próximos años en virtud de los acuerdos alcanzados en la Consellería, esa distancia ya es abismal y se incrementará drásticamente  en lo referente a Jefes Clínicos y Jefes de Servicio, como puede verse en las tablas 1 y 2. 

 

Tabla 1. Evolución salarial 2002-4 en la Consellería de Sanidad

 

2002*

2003

2004

2002*

2003

2004

 

Complemento específico C

Complemento específico B

Jefe de Servicio

45.073,09

47.136,30

49.454,03

47.934,88

50.055,33

52.431,44

Jefe de Sección

39.726,03

41.682,30

43.890,95

42.327,18

44.335,48

46.597,19

Médico Adjunto

34.179,64

36.024,99

38.120,49

36.526,18

38.418,46

40.561,83

€/año aplicando un 2% anual y el incremento de 2750 € según el calendario previsto

* Salario anual del año 2002 aplicando el incremento previsto a partir de octubre

 

 

 

 

 

Tabla 2. Evolución salarial 2002-4 en el CHGUV

 

 

2002

2003

2004

 

Jefe de Servicio

37.254,04

38.371,66

39.522,81

 

Jefe de Sección

35.974,35

37.053,58

38.165,19

 

Médico Adjunto

34.033,10

35.054,09

36.105,72

 

€/año aplicando un incremento del 3 % anual

 

 

Es necesario explicar que en la Consellería de Sanidad existen tres complementos específicos: el específico A (prácticamente extinguido en la actualidad), el específico B (que implica exclusividad y fue obligatorio para todos los médicos que firmaban un contrato nuevo hace unos años y actualmente casi inaccesible, aunque lo cobran muchos compañeros) y el específico C (que no implica exclusividad y es obligatorio para todos los que firman nuevos contratos).

 

El complemento específico C no existe en otras comunidades autónomas y puede suponer el cambio de hasta 6 mañanas por tardes. Este cambio en la práctica no se aplica a casi nadie, siendo la diferencia esencial entre los complementos B y C la exclusividad o no exclusividad. En el resto del estado español existen los complementos A y B, con el concepto de exclusividad como diferencia.

 

Además del objetivo general de aumento progresivo de las retribuciones hasta igualarse con la media europea en un plazo de cuatro años, nuestras reivindicaciones retributivas son:

 

1.      Establecimiento de un complemento específico diferente y voluntario que integre el complemento de deslizamiento horario aprobado en el Convenio Colectivo 2002 (el complemento de deslizamiento horario no sufrirá incremento alguno durante la vida del convenio mientras que los específicos sí).

 

2.      Equiparación retributiva de los Jefes Clínicos y Jefes de Servicio a los de la Consellería con específico C e igual cargo.

 

3.      Establecimiento de un complemento específico de exclusividad voluntario con las mismas retribuciones que en la Consellería.

 

4.      Libre elección de complemento específico (incluidos interinos y eventuales).

 

5.      Reconocimiento del nivel 26 de complemento de destino para todos los facultativos asistenciales.

 

6.      Pagas extraordinarias completas.

 

7.      El establecimiento del Sexenio Asistencial.

 

8.      La retribución de la docencia postgrado (MIR).

 

 

 

IV-  Sistema de cobertura de plazas y selección de personal.

 

Equilibrio y la transparencia del sistema con:

 

1.         Ofertas de empleo anuales de la totalidad de las plazas cubiertas interinamente.

2.         Supresión de los nombramientos eventuales como forma de encubrir interinidades (cualquier plaza cubierta durante más de seis meses debe de ser convertida de forma automática en plaza interina y catalogada).

3.         Baremos justos e igualdad de oportunidades, con desaparición de los favoritismos.

4.         Cumplimiento de los acuerdos de constitución del Consorcio en cuanto a la baremación del tiempo trabajado en el HGUV en todas las oposiciones de la Consellería.

5.         Tribunales de oposición por sorteo.

 


 

V-     Regulación de la Jornada laboral. 

 

El nuevo convenio establece una jornada especial para el personal facultativo de 40 horas semanales, voluntaria para el personal fijo, con una retribución que no sufrirá incrementos durante 4 años, al tiempo que una reducción progresiva de la jornada laboral para el resto del personal. El efecto de estos acuerdos es que el precio del exceso de jornada disminuirá drásticamente por el doble efecto de congelación de su retribución y disminución de la jornada ordinaria, de forma que en el año 2005 cada hora de exceso sólo se retribuirá sólo un 126 % del precio de la hora ordinaria (tabla 3).

 

Tabla 3. Desarrollo de la retribución (€) de la jornada especial de 40 horas respecto a la jornada

ordinaria durante la vigencia del Convenio colectivo 2002-2005 del CHGUV (adjuntos)

 

2002

2003

2004

2005

Jornada ordinaria

Horas al año

1680

1604

1604

1559

Retribución anual

34.033,10

35.054,09

36.105,72

37.188,89

Retribución por hora

20,26

21,85

22,51

23,85

Jornada

especial

(1782 h./año)

Retribución anual

6.851,52

6.851,52

6.851,52

6.851,52

Retribución por hora de exceso

67,17

38,49

38,49

30,72

% sobre la hora ordinaria

332

176

171

129

Aplicando un incremento del 3 % anual a la retribución de la jornada ordinaria

 

 

Igualmente el convenio mantiene el actual sistema de guardias, obligatorias hasta los 55 años con precios por hora de guardia a mitad de los de la hora ordinaria y claramente inferiores a los que paga la Consellería (tabla 4).

 

GUARDIAS

CHGUV

Consellería

2002-2003

2002

2003

Pres. Lab.

204,34

218,29

222,65

Pres. Fest.

258,44

308,17

314,33

Loc. Lab.

105,18

109,14

111,33

Loc. Fest.

124,71

154,09

157,17

€ por día aplicando un incremento del 2 % anual en la Consellería

 

El SIMAP considera que la atención continuada es un derecho fundamental y un servicio que debemos prestar a de todos los ciudadanos. Pero es un servicio que debemos sustentar entre todos los ciudadanos y no recaer en la negación de los derechos laborales más básicos para los médicos, con las consecuencias personales, familiares y sociales que para nosotros implica.

 

Nuestros planteamientos son:

 

1.      Exigir y vigilar la aplicación de la jornada voluntaria de 40 horas para todos los facultativos que lo soliciten.

2.      Evitar que el precio del exceso de horas de esta jornada especial sea inferior a un 175 % el precio de la hora ordinaria.

3.      La consideración de las guardias como jornada laboral a todos los efectos, y en caso de exceder la Jornada Máxima Anual, como horas extraordinarias.

4.      Las horas que excedan la Jornada Máxima Anual deben ser voluntarias y retribuidas como mínimo como la jornada ordinaria.

5.      El respeto al descanso semanal obligatorio de 36 horas ininterrumpidas cada 7 días.

6.      El respeto al descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.

7.      El reconocimiento de la jornada de libranza de la guardia como tiempo de trabajo a todos los efectos.

8.      Aumento de la compensación por realización de jornadas extraordinarias.

9.      La efectividad del reconocimiento del personal que además de la jornada laboral ordinaria hace guardias, como trabajadores a turnos, y de él que sólo hace guardias, como a turnos y nocturnos, con respeto de las medidas de protección y las reducciones de jornada que esos reconocimientos conllevan.

 

 

VI-  Desarrollo y mejora profesional para todos (incluidos interinos).

 

El SIMAP no acepta la “Carrera profesional” que se plantea desde la Administración y otros sindicatos, que está basada en la colaboración con el sistema y que carece de un contenido funcional y un claro incentivo económico. Exigimos mejoras basadas en la antigüedad junto con criterios formativos bien definidos. Debe conseguirse la progresión profesional en:

 

1.      Responsabilidad.

2.      Retribución.

3.      Horario.

4.      Docencia (pre y postgrado para todos los que lo soliciten).

5.      Y, en definitiva, en mejora de condiciones de trabajo.

 

 

VII-   Adecuación del trabajo a la edad.

 

El ejercicio de la profesión médica supone un elevado nivel de desgaste, por lo que es necesario establecer medidas que permitan adecuar el tipo y la forma de trabajo a la edad. Creemos debe:

 

1.         Jubilación anticipada voluntaria a los 60 años

2.         Elaborar un plan de jubilaciones voluntarias anticipadas incentivadas.

3.         Permitir la posibilidad de reducción de jornada voluntaria a partir de los 50 años.

4.         Permitir la posibilidad de realización de horas extraordinarias no nocturnas a partir de los 40 años.


 

VIII-     Defensa de la Calidad asistencial.

 

El planteamiento actual de compensación de exceso de guardias sin aumento de las plantillas está teniendo un efecto negativo en la calidad asistencial, que se suma a otras deficiencias previas o evolutivas. La “concesión” de días libres por exceso de guardias supone una sobrecarga en muchos Servicios que, partiendo de una dotación de personal muy ajustada cuando no deficitaria, deben asumir una mayor ratio tareas asistenciales/profesional.

 

La calidad de la asistencia sanitaria debe basarse en un equilibrio adecuado entre las tareas asistenciales, formativas y de investigación que tenemos encomendadas y, que permitan al facultativo mantenerse actualizado, organizado y satisfecho con su realización personal y profesional, de manera que pueda ofrecer a sus pacientes lo mejor de sí mismo.

 

 

IX-      Defensa de la mujer médico.

 

Debe de ser posible para las mujeres médico compatibilizar dignamente la vida profesional con la personal. Deben tomarse medidas que permitan mantener esa doble condición:

 

1.         Aplicación del mismo derecho a no realizar guardias que las mujeres médicos de la Consellería disfrutan durante el embarazo y la lactancia.

2.         Protección a las situaciones familiares especiales que pueden requerir el mantenimiento de horarios diurnos.

3.         Especial protección del embarazo, la lactancia y la maternidad.

4.         Retribución de las guardias no realizadas durante el embarazo por necesidad de protección de la salud de la mujer durante ese periodo.

 

 

X-     Defensa de los derechos de los Residentes.

 

El SIMAP siempre ha considerado el sistema de residencia como única vía de especialización y hemos defendido los derechos de los facultativos en formación, y no sólo en sus facetas docentes, sino también en los aspectos laborales (jornada, derecho al descanso, responsabilidad en la asistencia…). Perseguiremos:

 

1.      Que todos los beneficios que hemos obtenido para los residentes de la Consellería de Sanidad sean igualmente aplicados en el CHGUV (libranza de guardias, límite de jornada anual).

2.      La retribución de las guardias como horas extraordinarias (actualmente se pagan a la mitad de la hora ordinaria).

3.      La aplicación a los residentes del acuerdo de guardias vigente también a los residentes (límite obligatorio máximo de 3 y descansos compensatorios si voluntariamente se realizan más guardias).

4.      Que se desarrolle correctamente la jornada especial de 40 horas semanales, que sea voluntaria y con un computo adecuado de las horas nocturnas.

 

Creemos que los facultativos en formación tienen derecho a unas posibilidades reales de trabajo en condiciones dignas y adecuadas a su mérito y preparación, tanto actuales como futuras y luchamos para conseguirlo.

 

 

XI-      Defensa de los nombrados para Atención Continuada.

 

En el periodo vacacional del último verano y primero bajo la fórmula de Consorcio, se intentó retribuir a algunos compañeros especialistas que fueron contratados para sustituciones exclusivamente por las guardias que realizaron. Es una muestra de cómo en nuestra nueva situación administrativa se ha intentado aplicar los famosos “Nombramientos de Atención Continuada” (guardias) en nuestro hospital.

 

Si se producen contrataciones para guardias es imprescindible que se respeten los más elementales derechos de los compañeros que puedan encontrarse tras muchos años de estudio en esa situación:

 

1.         Igualdad de condiciones laborales, de cotización y retributivas a los nombramientos ordinarios.

2.         Aplicación de las medidas de protección de su salud reconocidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales por su carácter de trabajadores a turnos y nocturnos.

3.         Aplicación de las reducciones de jornada que les corresponden por ese carácter de trabajadores nocturnos y a turnos.

4.         Mayor integración en los Servicios de los que dependen, con normalización dentro del sistema de las plazas que ocupan.

5.         Prioridad absoluta para ocupar de forma interina las plazas de atención ordinaria que se produzcan allí donde estén nombrados para cubrir los turnos de Atención Continuada.

 

 

XII-   Salud laboral.

 

Deben tomarse las medidas necesarias para la aplicación total de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995. Exigimos la:

 

1.         Vigilancia efectiva de la Salud.

2.         Adecuación de los puestos de trabajo al estado de salud de cada trabajador.

3.         Vigilancia de los daños ocasionados por la “carga mental” en nuestra profesión.

 

 


 

ELECCIONES SINDICALES

CONSORCIO HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE VALENCIA

 

Martes, 17 de diciembre de 2002.

7:15-23:00 horas

 

 

En las elecciones al Comité de Empresa del CHGUV del 2002 existe la posibilidad inédita para los facultativos del CHGUV de elegir y, básicamente, las opciones son tres:

 

-         Seguir “representados” por los mismos de siempre.

 

-         Unirse a aventuras imprecisas que dejarán a los facultativos del CHGUV en el aislamiento y la indefensión.

 

-         Votar SIMAP, el único sindicato de médicos que ha demostrado su eficacia y que se atreve a luchar por lo que todos pensamos que debería de ser nuestra vida profesional.

 

 

Mira nuestros candidatos, nos conoces personal y profesionalmente. Somos parte de este hospital, somos las personas que cada día encuentras atendiendo a nuestros pacientes e intentando que cada jornada de trabajo sea agradable para cuantos nos rodean.

 

 

Por la medicina

Por el futuro

 

Sindicato de Médicos de Asistencia Pública de la CV

Sección sindical del CHGUV

Número de candidatos: 21

 


SIMAP. Calle General Urrutia 24-9ª.46006-Valencia

Sede central: Hospital La Fe. Avda. Campanar 21. 46009-Valencia

Teléfono/Fax: 961973217